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PUERTO RICO • CUBA • REPÚBLICA DOMINICANA

REGISTRO EN LÍNEA

 

 

BASES 2020

La Fundación Santa María (en adelante, SM), en colaboración con SM, Inc. (en adelante, SM Puerto Rico) y Ediciones SM, S. A. (en adelante, SM República Dominicana), con el fin de promover en la región antillana hispana una literatura para niñas y niños que fomente el gusto por la lectura y que transmita, con calidad literaria, valores humanos, sociales y culturales que ayuden a construir un mundo más digno, convoca la Segunda Edición del Premio SM de Literatura Infantil El Barco de Vapor Caribe de acuerdo con las siguientes Bases:

1. Participantes
Podrán optar al Premio todos los escritores y las escritoras mayores de dieciocho (18) años nacidos en Cuba, Puerto Rico o República Dominicana, independientemente de su lugar de residencia, así como extranjeros residentes en estos países por más de cinco años, siempre que las obras se ajusten al género de narrativa, estén escritas en español, sean originales y estén inéditas, y no hayan sido premiadas en ningún otro certamen ni correspondan a autores fallecidos con anterioridad a este anuncio. No podrá presentarse al Premio el personal de SM.

2. Presentación de las obras
Las obras estarán dirigidas a lectores de entre 6 y 13 años, tendrán una extensión máxima de 150 páginas y mínima de 5, y estarán escritas en la fuente Times New Roman, cuerpo 12, con interlineado de 1.5.

REGISTRO EN LÍNEA
Para presentar su obra a certamen deberá ingresar al apartado de REGISTRO EN LÍNEA, cumplimentar el formulario adscrito, adjuntando la obra original, en los formatos designados.
El registro electrónico generará una respuesta automática a modo de acuse de recibo, habiendo completado el participante los campos obligados del formulario. SM no se hace responsable del daño o deterioro de los archivos u originales, ni de los retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a error técnico o de la gestión del usuario que participe en línea.     
El archivo del texto original que se subirá al registro se identificará con el título de la obra hasta la capacidad máxima de caracteres que permita el campo. En la primera hoja, el texto original contendrá solo el título completo de la obra y el seudónimo con que participa el autor, sin alusión alguna a sus datos personales o de identidad.
Los datos del participante solo han de ingresarse en los campos provistos en el formulario del registro, para fines administrativos. Se recabará la siguiente información personal:

  • Nombre, apellidos, domicilio, teléfono, correo electrónico y país por el que participa.

Será además requisito:
a.  Leer y aceptar la Declaración de Autora / Autor, que manifiesta expresamente:

  • que la obra enviada es original y está inédita;
  • que no ha sido premiada en anteriores certámenes, y que no se encuentra pendiente de fallo en premio o concurso alguno ni será presentada a ninguno de aquellos mientras no se haya hecho público el fallo del presente;

  • que el autor tiene la plena disponibilidad de los derechos de explotación de la obra y, por tanto, no existe limitación o compromiso alguno que impida la cesión exclusiva de sus derechos de explotación a favor de SM en las condiciones que en estas Bases se expresan; que acepta todas y cada una de las Bases del Premio El Barco de Vapor Caribe.

b. Aceptar expresamente los términos de las Bases, incluidas las políticas de privacidad y uso de datos personales, aquí referidas.

Será descalificada toda participación que no respete el anonimato requerido hasta que se emita el fallo. 

3. Plazo
El plazo de admisión se abrirá el 15 de agosto de 2020 y se cerrará el 15 de enero de 2021, fecha en que el REGISTRO EN LÍNEA quedará clausurado a las doce de la medianoche (hora local de Cuba, Puerto Rico y República Dominicana). 
No se facilitará a los participantes información alguna relativa al seguimiento del Premio sino hasta la emisión del fallo.
Por el hecho de presentarse al Premio, los autores aceptan estas Bases y se comprometen a no retirar su obra en ningún momento.

4. Jurado y fallo
El jurado será nombrado por SM.
Estará formado por especialistas en literatura y educación, y por una representación de las entidades organizadoras. La composición del jurado no se hará pública sino hasta que ocurra la divulgación de la decisión.
El fallo del jurado será inapelable y se hará público en medios electrónicos y de prensa, así como en los portales de SM Puerto Rico y SM República Dominicana, antes de la ceremonia de entrega del Premio, que tendrá lugar en Puerto Rico durante el segundo cuatrimestre de 2021. No obstante, los organizadores se reservan el derecho a modificar esta fecha a su conveniencia.

Además, la noticia se comunicará expresamente a la autora o autor de la obra acreedora del Premio.
El Premio, que podrá ser declarado desierto, se otorgará a aquella obra que, por unanimidad o, en su defecto, por mayoría de votos del jurado, se considere merecedora de ello.
El jurado estará facultado para resolver toda cuestión de su competencia que no hubiera quedado establecida de modo explícito en estas Bases o que permita alguna interpretación alterna.

5. Premio
Se establece un único Premio, indivisible, dotado con la cantidad de quince mil dólares norteamericanos ($15 000 USA). La concesión del Premio conlleva, asimismo, la edición y publicación por parte de SM de la obra premiada.
El importe del Premio tendrá la consideración de anticipo a cuenta de la remuneración proporcional por la cesión de todos los derechos de explotación de la obra premiada, en cualquier forma y/o modalidad, según se prevé en la base siguiente.

6. Derechos de explotación
La aceptación del Premio por el autor de la obra ganadora conlleva, además, la cesión a SM, en exclusiva mundial y durante el máximo tiempo permitido por la ley, de todos los derechos de explotación de la obra galardonada, incluyendo, con carácter enunciativo pero no limitativo, los de (i) reproducción y distribución en forma de libro impreso, en cualquier modalidad de edición; (ii) reproducción, distribución y comunicación pública en versiones electrónicas (entendiendo por tales aquellas que incluyan todo o parte de los contenidos de la obra digitalizados, asociados o no a elementos multimedia); (iii) dramatización, serialización y/o adaptación a guion de obra teatral o audiovisual (ya sea cinematográfica, televisiva o de otra clase), y su correlativa explotación; (iv) traducción a lenguas de todo el mundo, cualesquiera, y adaptación del lenguaje al español de los países donde se vaya a comercializar; y (v) propiedad industrial que pueda derivarse de sus contenidos (título, nombres y apariencia gráfica de personajes, lugares, situaciones, etc.) para desarrollar y explotar productos o servicios que los incorporen. SM podrá publicar cuantas ediciones estime pertinente de la obra, cada una con un mínimo de doscientos (200) ejemplares y un máximo de 100 000, pudiendo hacerlo asimismo en la modalidad de impresión bajo demanda. SM podrá destinar a promoción un diez por ciento (10 %) de los primeros cuatro mil (4000) ejemplares de cada edición de la obra y un tres por ciento (3 %) de los restantes. Respecto de la primera edición, además de dicho porcentaje de tirada, para apoyar el lanzamiento SM podrá dedicar a promoción mil (1000) ejemplares adicionales, que marcará convenientemente como muestras destinadas a tal fin. Sobre los ejemplares citados en este párrafo no percibirá el autor remuneración alguna.

SM abonará al autor, como remuneración proporcional por la explotación de la obra, las cantidades siguientes: (i) libro impreso: se establece una participación conjunta de todos los posibles titulares de derechos sobre contenidos de la obra del 10 % del precio neto de venta en territorios donde SM tenga sede y en caso de exportaciones y del precio de factura a cada cliente en caso de operaciones especiales; (ii) versiones electrónicas: se establece una participación conjunta de todos los posibles titulares de derechos sobre contenidos de la obra del 15 % de los ingresos netos, a repartir entre ellos proporcionalmente en función de sus correspondientes porcentajes para libro impreso; (iii) cesiones a terceros: se establece una participación conjunta de todos los posibles titulares de derechos sobre contenidos de la obra del 50 % de lo percibido por SM, a repartirse entre ellos proporcionalmente en función de sus correspondientes porcentajes para libro impreso; (iv) otras explotaciones (mercado, audiovisual, etc.) se acordarán en su momento entre las partes.

El ganador se obliga a suscribir el oportuno contrato según los términos expuestos en estas Bases y en conformidad con las leyes de Puerto Rico y la Ley de Derechos de Autor de Estados Unidos de América de 1976 (U. S. Copyright Act, 17 U. S. C. §§101 y siguientes), y cuantos contratos y documentos sean necesarios para la protección de los derechos de explotación cedidos a favor de SM. De no formalizarse el contrato por cualquier circunstancia, el contenido de las presentes Bases tendrá la consideración de contrato de cesión de derechos entre SM y el ganador.

7. Derechos de opción preferente
SM se reserva el derecho de opción preferente, durante el plazo de seis meses a contar desde la publicación del fallo, para publicar cualquier obra presentada al Premio que, no habiendo sido la galardonada, sea considerada de su interés, previa suscripción del correspondiente contrato con su autor, en las condiciones expresadas en la base anterior.

8. Promoción e imagen
Todos los concursantes autorizan expresamente a SM a utilizar, con fines publicitarios, sus nombres e imagen como participantes en el Premio. El ganador, además, se compromete a participar personalmente en los actos de presentación y promoción que SM considere adecuados.

9. Protección de datos de carácter personal
Por el hecho de participar, los concursantes aceptan expresamente que sus datos sean incorporados en un fichero del que es responsable SM, quien adoptará las medidas necesarias que garanticen su seguridad y confidencialidad, usándolo tanto para gestionar este Premio como para la realización en el futuro de comunicaciones y ofertas comerciales de los productos y servicios propios o de las entidades vinculadas a SM, en los ámbitos editorial, de formación y educativo. Los datos serán custodiados por SM en sistemas que garanticen la máxima confidencialidad y seguridad de la información conforme a lo previsto en las leyes aplicables, adoptando al efecto las medidas de índole técnica y organizativas necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos y los riesgos a que están expuestos. Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose por escrito a SM, en Puerto Rico: Apartado 50091, Toa Baja Puerto Rico 00950-0091; y en República Dominicana: calle Frank Félix Miranda 39, Ensanche Naco, Santo Domingo República Dominicana.

Para más información sobre la política de manejo y uso de datos personales visite:
www.grupo-sm.com/pr/ y www.grupo-sm.com/do/

10. Legislación y fuero
La presente convocatoria está regida por la legislación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Cualquier disputa o controversia en torno a la relación contractual entre el participante y SM podrá ser dirimida únicamente en los tribunales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. El participante se somete voluntariamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y renuncia a cualquier defensa de jurisdicción y competencia.

En San Juan, a 1.de julio de 2020.

 

SM Puerto Rico
Barrio Palmas 776
Calle 7 Suite 2 
Cataño Puerto Rico 00962
Tel. 787 625 9800
Fax 787 625 9799
[email protected]

 

SM República Dominicana
Calle Frank Félix Miranda 39,
Ensanche Naco, Santo Domingo,
Distrito Nacional República Dominicana
Tel. 809 227 0064
Fax 809 566 4705
[email protected]

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